Se establecen plazos y condiciones para la adecuación ambiental de las actividades de la industria manufacturera y de comercio interno - Ceorza SAC
Adecuación ambiental en la industria manufacturera y el comercio interno

Nuevo Decreto Supremo impulsa la adecuación ambiental en la industria manufacturera y el comercio interno

El Ministerio de la Producción ha puesto a disposición un proyecto de Decreto Supremo N° 020-2025-PRODUCE que marca un punto de inflexión para la industria manufacturera y el comercio interno en el Perú. Este proyecto establece nuevos plazos y condiciones para que las empresas se adecuen a las obligaciones ambientales, en línea con el marco legal vigente.

Antecedentes normativos

En el año 2015 se aprobó el Decreto Supremo N.° 017-2015-PRODUCE, que estableció el Reglamento de Gestión Ambiental para la industria manufacturera y el comercio interno. Posteriormente, en 2024, dicho reglamento fue modificado por el Decreto Supremo N.° 012-2024-PRODUCE, reforzando aspectos de supervisión y adecuación.

El nuevo proyecto busca dar continuidad a este proceso, definiendo con mayor precisión las obligaciones de las empresas, titulares de proyectos y/o administrados, así como de los plazos que deberán cumplir.

¿Qué plantea el nuevo proyecto?

Entre los principales puntos destacan:

  • Dos grandes supuestos de adecuación ambiental:
     
    1. Empresas con actividades en curso que no contaban con un instrumento de gestión ambiental (IGA).
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    1. Empresas que realizaron modificaciones sin haber actualizado su IGA.
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  • Plazos diferenciados para regularización:  el plazo máximo para la presentación del DAA o PAMA es de cinco (5) años contados desde la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, es decir, desde el 04 de octubre de 2025.
  • Tratamiento obligatorio de efluentes: incluso cuando se utilice infraestructura de terceros, las empresas deberán garantizar la captación, tratamiento primario y descarga conforme a los estándares ambientales.
  • Programas de capacitación ambiental obligatorios dentro de los instrumentos de gestión, con énfasis en prácticas sostenibles y prevención de impactos.
  • Facultades del OEFA: se refuerza su rol, pudiendo requerir instrumentos correctivos si identifica impactos negativos en las actividades empresariales.

Implicancias para las empresas

El proyecto tiene un impacto directo en la gestión interna de las organizaciones:

  • Las empresas que no tenían instrumentos ambientales deberán iniciar un proceso inmediato de regularización.
  • Aquellas que hicieron cambios sin modificar su IGA deben presentar los correctivos correspondientes.
  • La fiscalización será más estricta: el OEFA tendrá mayores herramientas para exigir cumplimiento y sancionar en caso contrario.

Recomendaciones prácticas

Para las empresas del sector, es recomendable:

  1. Realizar un diagnóstico interno: identificar los componentes declarados y aprobados en el IGA y evaluar las modificaciones no declaradas.
  2. Detectar brechas de cumplimiento en tratamiento de efluentes, capacitación ambiental y monitoreo.
  3. Contratar especialistas o consultoras inscritas para preparar los instrumentos correctivos.
  4. Presentar la documentación con anticipación, aprovechando los plazos de forma estratégica.
  5. Responder oportunamente a observaciones que pudieran surgir en el proceso de aprobación.

Conclusión

El proyecto de Decreto Supremo es una oportunidad para ordenar y fortalecer la gestión ambiental de la industria y el comercio interno en el Perú. Aunque aún está en etapa de propuesta, es clave que las empresas actúen con anticipación para evitar riesgos futuros y posicionarse como actores responsables frente al cumplimiento ambiental.

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